24 de junio
de 1855
El sábado 7 de octubre de 1854, el Hermano Gabriel Pérez obtuvo del Supremo Consejo y Gran Oriente de Brasil, dicho documento era:
“Laus Deo!
Yo el
abajo firmado Francisco José Acayaba de Montezuma, Visconde Yaquitinhonha,
Senador del Imperio, Consejo de Este, Soberano Gran Comendador Fundador del Muy
Poderoso Supremo Consejo de los Poderosos Soberanos Grandes Inspectores
Generales de la Orden en el Imperio del Brasil.
Usando
de los Poderes que me confiere la Constitución, Estatutos e Instatudos
fundamentales y generales constitucionales del Grado 33º.
He
por bien, de acuerdo con la deliberación del Muy Poderos Supremo Consejo,
Diputar al Ilustre Hermano Gran Inspector General 33º, Gran Canciller del mismo
Muy Poderoso Soberano Comendador Gabriel Pérez para fundar, constituir y
establecer el Consejo del mismo Rito en la República del Uruguay de conformidad
con el inciso 1º del artículo 13 de la Constitución, siendo el mismo Hermano
Gabriel Pérez, de jure, según lo dispuesto en el inciso 1º del artículo 3º de
la misma Constitución, Muy Poderosos Soberano Gran Comendador, reconociendo Muy
Ilustre Lugarteniente Comendador ad vitam a aquel Hermano que después de él
fuese el mas antiguo recibido en el referido grado 33º debiendo guiarse en el
nombramiento de las otras Dignidades por el dispuesto en el inciso 4º del
mencionado artículo 3º, y que todo participará al Muy Poderoso Supremo Consejo
pro la Secretaría del Santo Imperio dándole entonces por exonerado de la
Dignidad de Canciller que ejerce entre nosotros.
Y
para que conste donde convenga mandé pasar la presente Carta Suprema de Poderes
que va por mi firma, y por el Secretario Adjunto del Santo Imperio debidamente
refrendada.
Dada
y pasada en el Valle Supremo de Río de Janeiro a los 7 días del 10º mes del año
de la V. L. 5854.
Firmado: Vizconde de Jaquitinhonda, Soberano Gran
Comendador Fundador.
Pedro Madeira de Abreu Brandão, Gran Secretario Adjunto
33º.
J. C.
Duvizer 33º, Gran Tesorero del Santo Imperio.
Hay
un sello. Está conforme con el original”.[1]
Con este documento Pérez estaba facultado
para designar al Lugarteniente Gran
Comendador, “...a aquel Hermano que
después de él fuese el más antiguo recibido en el referido grado 33º...”,
para tal cargo fue designado el Hermano Salvador Tort, 33º, y el 24 de junio de
1855, junto a los Hermanos Bruno Más de Ayala, Florentino Castellanos, José
Ellauri, Juan Biugglen y Francisco Lecocq, dejó instalado y constituido el Supremo Consejo del Rito Escocés Antiguo y
Aceptado para la República Oriental del Uruguay.[2]
Se puede decir que es el inicio de los trabajos regulares de la Masonería en el
país.
Así lo deja establecido en su primera
balaustre:
“Acta
Nº 1 24
de junio
Preside:
Salvador Tort.
Asistencia:
Bruno Mas de Ayala, Florentino Castellanos, León José Ellauri, Juan Halton
Bugglen y Francisco Lecocq.
Al
Oriente de Montevideo, bajo la Bóveda Celeste del signo cáncer y en punto
vertical del cenit de los 34g. 55m. de latitud Sud y 56g. 14m. de Long. A los
10 días de la Luna, y a los 4 de Tammuz, cuarto mes solar del ano de la
Verdadera Luz 5855, E. V: 24 de Junio de 1855.
Yo
Salvador Tort Sob. Gr. Insp. Gen. 33, del Rit. Esc. Ant. Y Acep. Reunido previa
invitación que al efecto dirigí a los Hermanos Bruno Mas de Ayala, Florentino
Castellanos, León José Ellauri, Juan Halton Bugglen y Francisco Lecocq,
Soberanos Grandes Inspectores Generales 33º en lugar muy cubierto de toda vista
profana, y en donde reina la caridad, la paz y la concordia; les informé que el
Supremo Consejo de los Poderosos Soberanos Grandes Inspectores Generales del
Brasil por su Magna Carta Poder expedida en el Valle del Río de Janeiro, el día
7 del décimo mes de año de la Verdadera Luz 5854, había nombrado de juri al
Honorable Hermano Gabriel Pérez, Soberano Gran Inspector General, Muy Poderoso
Soberano Gran Comendador Ad Vitam, facultándome para fundar, constituir y
establecer en esta República Oriental el Uruguay, el Supremo Consejo del
expresado Rito; y que, en uso de esas facultades se habría servido conferirme
la Sublime Dignidad de su Muy Ilustre Lugar Teniente Gran Comendador para
establecer en esta Ciudad el precitado Supremo Consejo, libre e independiente
de toda otra Autoridad Masónica.
Di en
seguida lectura de ambas cartas, que las pase luego de manifiesto erogándoles
se sirviesen expresamente, libre y espontáneamente su voluntad, y me cupo del
honor de oír de voz de cada uno las más sinceras protestas de consagrarse a la
conservación del Poder Masónico, que en su consecuencia debía instalarse al
lustre de la Orden así como la satisfacción de agradecerles las honorables
expresiones de gratitud, manifestadas por elocuentes discursos, que no es
posible consignar en esta Acta.
Así
el Soberano Consejo del Brasil como Honorable Hermano Gabriel Pérez en quien
reconocen y acatan la dignidad de Muy Poderoso Gran Comendador Jefe Supremo del
Orden Masónico en esta República, presentándole sumisión, respeto y obediencia.
Acto
continuo les manifesté debía procederse a designar los cargos que cada uno
debía de ejercer en el Soberano Consejo y por unanimidad fueron electos:
Bruno
Mas de Ayala
Gran Secretario General y Ad interin Lugarteniente del
Comendador
León
José Ellauri
Gran Tesorero y ad interin Gran Canciller Guarda
Sellos
Florentino
Castellanos
Ministro del Santo Imperio
Juan
Halton Bugglen
Gran Maestro de Ceremonias
Francisco
Lecocq
Gran Capitán de Guardias.
Siendo
presidido por mi como Lugarteniente del Gran Comendador.
Lleno
el Cuadro del Consejo di lectura de los Estatutos y terminada hice el juramento
establecido en el Rito, y lo recibí de cada uno en igual forma, quedando así
constituido e instalado el Soberano Consejo del Rito Escocés Antiguo y Aceptado
de la República Oriental del Uruguay.
En
seguida, puesto en pie y al orden del grado, recordé a los Honorables Hermanos
nuestros deberes así para con el orden como para con la Sociedad, y para
llenarlos como corresponde imploramos del Soberano Arquitecto del Universo,
Fortaleza, Unión y Tolerancia.
Se
acordó por aclamación que pasase un tanto de esta Acta al Muy Poderoso Hermano
Gabriel Pérez, como un tributo de gratitud a sus eminentes servicios hechos a
la Masonería en general, y a la de esta República en particular, y que a la vez
sirva para patentizarle los deseos que animan a todos los Miembros del Consejo
de tenerlo en su seno para ser auxiliados por su Sabiduría.
Terminada
así la Instalación del Consejo que fue ilumniado por el Sol de la mañana.
Para
constancia extendí la presente que refrendo con el sello del grado y firmo con
los demás miembros del Consejo.
Firmado: Salvador Tort”.[3]
“El 24 de junio de 1855 un nuevo Poder
Masónico se fundó en Montevideo con el nombre de Gran Oriente del Uruguay… las
adormecidas Logias Asilo de la Virtud y Contante Amistad vuelven a la vida en
1855, el 9 de febrero de ese año León J. Ellauri, grado 31, Florentino
Castellanos, grado 6, Juan H. Buglen y Bruno Más de Ayala, grado 19, se
dirigieron a que había sido Primer Vigilante de Asilo de la Virtud, José María
Platero, grado 31, solicitándole adoptara las medidas del caso a fin de que se
abra de nuevo su santuario a la beneficencia y que sus trabajos recobren
nuevamente fuerza y vigor”.
El 24 de junio de 1855, las gestiones del
masón y cónsul uruguayo en Brasil, Gabriel Pereira tiene sus frutos, el Gran Oriente de Brasil concede la Carta Patente para la instalación del Gran Oriente del Uruguay, cuya regularización
como potencia autónoma independiente se obtendrá finalmente el 17 de julio de
1856, dándole el derecho de ser reconocida en forma internacional por todas las
altas potencias regulares del mundo. En virtud de este hecho, los integrantes
del Gran Oriente de Montevideo, con
fecha 3 de julio de 1856, firman un pacto de unión y amistad con el Supremo
Consejo y Gran Oriente del Uruguay, integrándose en éste.
[1] 150º Aniversario Supremo
Consejo Grado 33º para la República Oriental del Uruguay. Montevideo. 2005.
p. 11.
[2] http://www.masoneriadeluruguay.org/index.php?option=com_content&view=article&id=36:historia-de-la-masoneria-del-uruguay&catid=47:historia&Itemid=24
[3] 150º Aniversario Supremo
Consejo Grado 33º… Ob.
Cit. pp. 9-10.
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