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03 octubre 2017

Gran Logia de Santo Domingo

Gran Logia de Santo Domingo
3 de octubre de 1858
A L .·. G .·. D .·. G .·. A .·. D .·. U .·.


En el Or.·. de Santo Doming o el día 3 de Octubre de 1858 (según la E.·.V.·.) que corresponde al 8º. mes masónico del año de la V.·. L.·. 5858. Bajo la Bóveda celeste, en un lugar donde reina el silencio, la paz y la concordia se reunieron en asamblea masónica los h. h. José Diez, Gr. Inspector Gral.; José Luna, Gr. Inspe. Gral.; David León, Gr. Insp. Gral.; Ml. de J. Delmonte, Cab. Kadosh; Fco. Xavier Abreu, C. K.; Felipe Perdomo; C. K.; Mateo J. Perdomo, C. K.; Jacinto de Castro, R. A.; Tomás Bobadilla, C. K.; Antonio D. Madrigal, Cab. Prusiano; y Benito A. Pérez, Maestro Simbólico, con el objeto de tratar sobre negocios que interesan a la Orden en general y el Cab., Bobadilla, habiendo pedido y obtenido la palabra, trazo la plancha anexa, de la cual se desprendió la siguiente proposición: ''Que se instale en este Or. Capital de la República Dominicana una Gr. Log. Simb. que dirija y regularice los trabajos de la Masonería Nl. a reserva de dar cuenta de esta disposición a los G. G. 0. 0. Extranjeros”.


Puesta en consideración, fue escrupulosamente discutida, y reconociendo que la mayor parte de los Masones que componían la Asamblea se hallan investidos de grados superiores, entre ellos cuatro con poderes administrativos, y teniendo además en cuenta el caso extraordinario y excepcional en que se halla el país, se hace necesario para la habilitación de la Masonería, la formación de un núcleo directivo que con carácter de Gr. Logia expida constituciones a los Talleres que se instalen en la Rep. Dom. y estatuya todas cuantas reglas se hagan indispensables para el efecto; hubo de resolverse como al fin se resolvió: ''que la proposición hecha en virtud del trazado del Cab.


Bobadilla fuese admitida de lleno y que para emprender los trabajos con se seguridad de no ser inquietados por la autoridad civil, se nombrase una comisión de tres h. h. que fueran donde el Jefe del Estado a impetrarle su beneplácito poniendo bajo su protección los trabajos de la Mas. Nl. de la Rep. Dom.; y que la misma comisión de imponer a topos los masones regulares esparcidos sobre la superficie del país, sobre la instalación de la Gran Logia Nº l. para que le presten su debido acatamiento.


Esa comisión fue compuesta de los Cab. Bobadilla, Delmonte y Madrigal padre.


En seguida fue acordado que para una tenida próxima se resolvería sobre la elección de los Dignatarios y Oficiales de la Gr. Log. Nº l. después de cuya instalación se libraran los estatutos reglamentarios para la regularización y buen orden de los trabajos de la más. Nº l.


Siendo ya media noche en punto, todos los h. h. Presentes subscribieron este trazado, despidiéndose contentos y en la mejor paz y concordia. José Diez, Gabriel J. de Luna; Madrigal; David León; Bobadilla, Juan Mateo Perdomo; Ml. de J. Del Monte; Felipe Perdomo; Fco. Xavier Abreu; Jacinto de Castro; Antonio D. Madrigal, Benito A. Pérez.''


Don Carlos Nouel, grado 32, la más alta autoridad como historiador de la Masonería Dominicana, quien tuvo a su disposición para su obra histórica, las referencias y archivos de su suegro el hr. Tomás Bobadilla, afirma al respecto: “Desde esa fecha (3 octubre 1858) tuvo nacimiento la Gran Logia Nacional de la República.




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